El Código Sustantivo del Trabajo vigente en nuestro país, en su articulo 349 establece “Los empleadores que tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores permanentes deben elaborar un reglamento especial de higiene y seguridad, a más tardar dentro de los tres (3) meses siguientes a la iniciación de labores, si se trata de un nuevo establecimiento” y que con base en esto, surge la
necesidad para la Universidad de Ibagué como Institución de Educación Superior consolidada y reconocida a nivel regional, de actualizar y mantener vigente su reglamento de higiene y seguridad industria.