Resolución Nro. 024 del 14 de julio 2022: Por medio de la cual se modifica la competencia de una dependencia para adelantar los procesos disciplinarios de funcionarios administrativos de la Universidad de Ibagué
El 18 de enero de 2013, se publicó el Reglamento Interno de Trabajo (RIT) de la Universidad de Ibagué, por medio del cual se determinan las condiciones a que se sujetan tanto la institución como todos sus trabajadores en todas las dependencias establecidas y en las que posteriormente se instalen en este mismo domicilio y fuera de él que operen en el territorio nacional de la República de Colombia, con ocasión o por consecuencia del trabajo. Posteriormente, en abril de 2015, se hicieron unas adiciones a los artículos 37, 39, 41 y 44 del RIT que fueron debidamente socializadas por correo electrónico a todos los funcionarios y publicadas en carteleras, así mismo se actualizó el instructivo mencionado en el Art 43 del mencionado Reglamento que estipula que para la aplicación de sanciones
disciplinarias, se fija un instructivo para dar trámite al mismo.
En el mencionado instructivo fijó en detalle los pasos a seguir para la aplicación de una sanción disciplinaria de conformidad con el Reglamento Interno de Trabajo de la Universidad de Ibagué, la ley y la jurisprudencia y se delegó la responsabilidad de adelantar trámites disciplinarios para funcionarios administrativos a la Jefe de la Oficina de Gestión Humana.