El daño jurídico: detrimento ocasionado por el estado en el cumplimiento de sus funciones - Revocatoria de las concesiones para exploración y explotación minera de recursos no renovable.
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Frecuentemente la doctrina y la jurisprudencia colombianas se han encargado de exponer que la responsabilidad del Estado tiene como elementos esenciales un daño que debe se antijurídico, un título de imputación y un nexo causal entre la conducta efectuada y el daño producido; sin embargo, a través del presente trabajo me permitiré analizar los elementos conceptuales en los caos que el Legislador ha determinado que el detrimento de los derechos debe ser soportable por parte de los ciudadanos colombianos y extranjeros que se encuentran de forma definitiva o temporal en este territorio, razón que ha considerado suficiente para omitir el reconocimiento de alguna indemnización por los perjuicios ocasionados en razón a las conductas legalmente desplegadas, en cumplimiento de sus fines sociales, económicos y culturales. En desarrollo de lo anterior, se estudiará el caso de la empresa Eco Oro, la cual haciendo uso del tratado de Libre Comercio suscrito entre Colombia y Canadá, decidió invertir en este país con el fin de realizar actividades mineras en la provincia se Soto, Norte de Santander; no obstante, el cambio de legislación con la venia de la Corte Constitucional que prohibió continuar con la exploración y explotación minera del Páramo de Santurbán.